PRL EN LA FGUPM

1.- OBJETO Y POLÍTICA

La prevención de riesgos laborales tiene por objeto promover la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de los riesgos derivados del trabajo.

La mejora continua de las condiciones de trabajo sólo puede conseguirse mediante la implantación y aplicación de un sistema de gestión preventiva basado en los principios de información, formación, consulta y participación de los trabajadores.

Para conseguir estos objetivos, la FGUPM dispone desde el año 2005, una Política de Prevención de Riesgos Laborales, que establece las directrices que rigen su actuación para mejorar las condiciones de trabajo de su personal; de un Plan de Prevención que incluye la estructura organizativa, las funciones y responsabilidades en todos los niveles jerárquicos, contando con participación de miembros del Comité de Empresa (Delegados de Prevención) así como los objetivos, los procedimientos y prácticas para realizar la acción preventiva, todo ello en coordinación con el preceptivo servicio de prevención ajeno que cubre las tres especialidades técnicas de seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía y psicosociología aplicada, así como la vigilancia de la salud.

En el año 2019, la FGUPM ha aprobado una Política Integrada de Gestión de los Sistemas de Calidad, Medio Ambiente y Seguridad y Salud en el Trabajo. (Link a la Política Integrada de Gestión).

2.- PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE AL ACOSO LABORAL

3.- ¿QUÉ HACER EN CASO DE ACCIDENTE o EMERGENCIA?

4.- ORGANIZACIÓN PREVENTIVA DE LA FGUPM

DIRECTOR GENERAL

Asume las responsabilidades y obligaciones que la legislación en materia de Prevención de Riesgos Laborales atribuye al empresario y exige el cumplimiento de la legislación en materia de Prevención así como los procedimientos y normas del Plan de Prevención.

COORDINADOR DE PRL

Asume la coordinación de la actividad preventiva en la FGUPM siguiendo las directrices de los técnicos del servicio de prevención ajeno.

DELEGADOS DE PREVENCIÓN

Son los representantes de los trabajadores de la FGUPM en materia de Prevención, y sus competencias y facultades se ajustarán, al menos, a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO

Es una entidad que presta asesoramiento técnico y apoyo, en materia preventiva,  a la FGUPM, a los trabajadores y a sus respectivos representantes. Asume las funciones que le atribuyen la Ley de Prevención de Riesgos Labores y sus normas de desarrollo.

TRABAJADORES

Cumplirán con las medidas preventivas establecidas para su puesto de trabajo, de acuerdo con la información y la formación recibidas y comunicarán las deficiencias o las sugerencias pertinentes, para la mejora de las condiciones de trabajo.

El conjunto de funciones y responsabilidades de los distintos componentes de la Organización Preventiva se recoge de forma exhaustiva en el Plan de Prevención de la FGUPM.

5.- PLAN DE PRL

Es la herramienta a través de cuya implantación y aplicación se integra la Prevención de Riesgos Laborales en el sistema general de gestión de la FGUPM, elaborado por el servicio de prevención ajeno.

 

6.- VIGILANCIA DE LA SALUD

La Medicina del Trabajo es la especialidad preventiva encargada de realizar la vigilancia y control de la salud de los trabajadores en función de los riesgos específicos a los que están sometidos en  su lugar de trabajo.

Tal y como establece la normativa de prevención, la  FGUPM, a través del Servicio de Vigilancia de la Salud que tiene concertado con una entidad acreditada, garantiza a sus empleados la realización de los siguientes exámenes de salud:

  • Un reconocimiento inicial al personal de nuevo ingreso o después de la asignación de tareas con nuevos riesgos para la salud.
  • Un reconocimiento al personal que reanude su actividad tras una ausencia prolongada por motivos de salud.
  • Un reconocimiento a intervalos periódicos a todo su personal.

En los reconocimientos se realizan las pruebas médicas de carácter general (historia clínica- laboral, exploración general, analíticas) y las exploraciones específicas que resulten de aplicación según los protocolos establecidos por las autoridades sanitarias para los riesgos a los que esté expuesto el personal de la FGUPM.

Los reconocimientos tienen carácter voluntario para el trabajador, a no ser que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • La existencia de una disposición legal con relación a la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
  • Que los reconocimientos sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
  • Que el estado de salud del trabajador pueda constituir un peligro para el mismo o para terceros.

Todas las pruebas médicas se llevan a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. Los informes con los resultados de los reconocimientos se comunican al propio trabajador. La FGUPM solo recibe información en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño de su puesto (Apto, Apto con restricciones, NO Apto) con la finalidad de realizar las adaptaciones o limitaciones de tareas recomendadas, en su caso, por el Médico del Trabajo.

Igualmente en  las plantas -1, 1 y 2 se encuentra ubicado un botiquín con primeros auxilios, así como carteles de protocolo de actuación en primeros auxilios.